En estos momentos el derecho a reformar la Constitución cubana está reservado exclusivamente a la "Asamblea Nacional del Poder Popular "mediante acuerdo adoptado, en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos terceras partes del número total de sus integrantes, excepto en lo que se refiere al sistema político, social y económico, cuyo carácter irrevocable lo establece el artículo 3 del Capítulo I, y la prohibición de negociar bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera, como se dispone en el Artículo 11. (Artículo 137).
El Plebiscito Nacional Cubano "Derecho a los derechos" constituye una iniciativa ciudadana a fin de recuperar la soberanía nacional y dotar a la sociedad de un instrumento constitucional acorde a los tiempos actuales.
A tales efectos se establecerán instancias nacionales dentro y fuera de Cuba para llevar a cabo esta consulta popular consistente concretamente en refrendar las preguntas siguientes:
¿Los cubanos tienen derecho de reformar la Constitución? SÍ y NO
¿Está de acuerdo en reformar completamente la Constitución actual? SÍ y NO
¿Estaría de acuerdo en constituir una Asamblea Constituyente para dotar a la nación de una nueva constitución? SÍ y NO
La dinámica consultiva se hará a partir de la rúbrica de este documento por parte de cualquier ciudadano cubano, mayor de edad y en plenas facultades mentales consignando sus datos personales.