Según la ley de licencias que rige actualmente (la copio a continuación), cada vez que se cambia de empleo se vuelve a foja cero con las vacaciones. Esto es una injusticia terrible y más en estos tiempos de cambios continuos.
Pero si se computa la antigüedad acumulada podría jugar en contra para que nos contraten.
Por lo tanto propongo que las vacaciones sean de 30 días a partir del año de antigüedad para todo el mundo.
ley 20.744 LCT
150. El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:
a) De catorce (14) días corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de cinco (5) años.
b) De veintiún (21) días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de cinco (5) años no exceda de diez (10);
c) De veintiocho (28) días corridos, cuando la antigüedad siendo mayor de diez (10) años no exceda de veinte (20);
d) De treinta y cinco (35) días corridos, cuando la antigüedad exceda de veinte (20) años.
Para determinar la extensión de las vacaciones atendiendo a la antigüedad en el empleo, se computará como tal aquella que tendría el trabajador al 31 de diciembre del año que correspondan las mismas.