Elecciones separadas en Andalucía
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Andalucía, nuestra España del Sur, alcanzó la autonomía política el 30 de diciembre de 1981, día en que se aprobó el Estatuto de Autonomía. Aunque la palabra Andalucía ha sido aplicada históricamente a diferentes territorios, la percepción dominante desde el siglo XVII, según Domínguez Ortiz, de que los andaluces somos los españoles de toda la franja sur, es la base de la actual unidad política de Andalucía. Sin embargo, durante más de veinticinco años, ningún gobierno socialista ha convocado elecciones autonómicas separadas de las elecciones generales.
El nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía de 2007 debe servir para fomentar el debate político andaluz y mejorar la calidad de nuestra autonomía. Para lograrlo, es absolutamente necesario que el presidente de la Junta de Andalucía convoque elecciones autonómicas separadas de las generales. La atribución al Presidente de la Junta de disolver el Parlamento andaluz tuvo su fundamento en el hecho de que Andalucía fuera una de las cuatro Comunidades que habían accedido a la autonomía por la vía del artículo 151 de la Constitución. Se trata de una potestad con la que ya contaban los presidentes de Cataluña, el País Vasco y Galicia, si bien éstas comunidades han celebrado siempre sus procesos electorales separados de cualquier otro. En Andalucía, por el contrario, dicha facultad de disolución ha venido siendo utilizada sistemáticamente para hacer coincidir las elecciones autonómicas con las generales.
Ejerciendo el derecho de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución española, suscribo con mi firma la siguiente petición: La fecha de la votación para las elecciones al Parlamento de Andalucía no coincidirá con la que se fije para cualquier proceso electoral de carácter nacional.
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