Solicitud de Reforma Universitaria
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Cámara de Representantes y Senado
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
La Universidad de Puerto Rico es una corporación pública [1] creada por el pueblo puertorriqueño para, entre otras cosas, desarrollar a plenitud la riqueza intelectual y espiritual latente en nuestro pueblo, a fin de que los valores de la inteligencia y del espÃritu de las personalidades excepcionales que surgen de todos sus sectores sociales, especialmente los menos favorecidos en recursos económicos, puedan ponerse al servicio de la sociedad puertorriqueña [1]. Para gobernar y administrar la Universidad de Puerto Rico se nombró la Junta de SÃndicos de la UPR [1]. En otras palabras, se nombró una âJunta de Gobiernoâ para la comunidad universitaria.
Debido al elemento, luchado por la comunidad de la UPR, de autonomÃa universitaria, que existe en nuestro paÃs, las funciones que posee la Junta de SÃndicos de la UPR se pueden comparar con las funciones que ejercen las ramas ejecutivas, legislativas y judiciales en la sociedad puertorriqueña. Es la Junta de SÃndicos la encargada de aprobar toda reglamentación universitaria, incluyendo las reglas del diario vivir. De la misma forma es la Junta de SÃndicos la que aprueba el Presupuesto de cada recinto y el presupuesto general. Esta Junta es la que nombra el Presidente de la UPR y los Rectores de cada institución, permitiéndole control sobre lo que serÃa la Rama Ejecutiva de Puerto Rico. Además, son los Rectores, el Presidente de la UPR y la Junta de SÃndicos los que tienen la última palabra en cuánto a penalidades a miembros de la comunidad universitaria, cuándo éstos infringen la ley, siendo esto una semejanza con la rama judicial del paÃs.
La situación que vive la Universidad de Puerto Rico es una que al compararse con el pueblo puertorriqueño tiene diferencias fundamentales, ya que la forma de gobierno de la UPR no es una democrática. A pesar de que hay representación estudiantil (1) y representación docente (2), âtodavÃa la actual estructura de gobierno y los escasos mecanismos de participación para docentes, no docentes, y estudiantes que la ley establece limitan el ejercicio de la autonomÃa que la Universidad necesita para servir bien a todo el pueblo de Puerto Ricoâ [2]. Recordemos que es en las bases de la democracia que se desarrolla nuestra sociedad. Como la actual estructura administrativa no responde a los mejores intereses del pueblo puertorriqueño y de la comunidad universitaria, esta libertad le ha permitido a la Junta de SÃndicos de la Universidad de Puerto Rico tomar acciones en detrimento de lo que quieren los universitarios y que a su vez es beneficioso para el pueblo puertorriqueño. Prueba de esta libertad y dominación total que tiene la Junta de SÃndicos sobre la UPR se pueden encontrar un sinnúmero de certificaciones o reglamentaciones. Entre los casos más notables y recientes podemos encontrar la certificación de 145 de 2005-2006 de la Junta de SÃndicos y la certificación 60 de 2006-2007 de la Junta de SÃndicos. La primera de las certificaciones antes mencionadas no cuenta con el apoyo de ninguna de las organizaciones que agrupan a los docentes de la UPR y de varias organizaciones estudiantiles. Aún asà lo que dispone esa certificación fue aprobado y es la âleyâ en la UPR. La segunda, la certificación 60 de 2006-2007 que es la que impone un aumento en la matrÃcula, no cuenta con el respaldo de la mayorÃa estudiantes del sistema de la UPR, ni con el de un gran número de organizaciones docentes y no docentes (CONAPU, APDUPRC, HEEND, etc..).
Ante la amenaza que representa para la comunidad universitaria el que se continúen tomando medidas contra los mejores intereses de la comunidad universitaria y del pueblo puertorriqueño, le estamos solicitando a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, que den paso a una reforma de la estructura organizacional de la Universidad de Puerto Rico y de la ley de la UPR. Esa nueva ley âdebe aportar un nuevo peldaño en la construcción de una autonomÃa responsable, estableciendo mecanismos para una mayor participación de la comunidad universitaria en la gestación y gestión de su propio gobierno, con el objetivo fundamental âque no puede perderse de vistaâ de lograr una Universidad comprometida con la calidad y la excelencia en todas las dimensiones de su hacer.
Cordialmente,
Nombre
TÃtulo
Información de Contacto
Cc. Lcdo. AnÃbal Acevedo Vilá, Gobernador, Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Lcdo. Antonio GarcÃa Padilla, Presidente, Universidad de Puerto Rico
Junta de SÃndicos, Universidad de Puerto Rico
Junta Universitaria, UPR
Senados Académicos, UPR
Juntas Administrativas, UPR
Claustros, Empleados, Estudiantes de UPR
[1] Ley Núm. 1 del 20 de enero de 1966, según enmendada al 30 de agosto de 2006 mejor conocida como Ley de la Universidad de Puerto Rico.
[2] Informe del estudio ordenado por la Resolución del Senado 44: La transformación de la educación superior en Puerto Rico, Comisión de Educación, Ciencia y Cultura, 19 de septiembre de 2001.
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